EL juicio particular

jueves, 25 de junio de 2009
“El Nuevo Testamento habla del juicio principalmente en la perspectiva del encuentro final con Cristo en su segunda venida; pero también asegura reiteradamente la existencia de la retribución inmediata después de la muerte de cada uno con consecuencia de sus obras y de su fe.”
Según el Catecismo de la Iglesia católica, cada persona inmediatamente después de morir, tendrá un juicio particular. En este estaremos en la presencia de Jesucristo y de nuestra vida: nuestras acciones, nuestros pensamientos, nuestras omisiones, etc. El juicio particular, como su nombre lo dice, lo tendrá cada uno en lo personal al morir.
Se nos juzgara por nuestra fe y nuestras obras, pero especialmente por nuestro amor, se dice que es en este juicio en el que se nos hará la pregunta “¿cuánto amaste?”, pues Dios espera que todas nuestras acciones sean hechas con amor.
Como resultado de este juicio, nos mandará al purgatorio, cielo o infierno. Estos dos últimos son eternos e irreversibles, Mientras que el purgatorio es solo temporal.
Existen varias [apreciaciones] [opiniones] [interpretaciones] dentro de la misma iglesia católica sobre el juicio particular. Muchas personas opinan que al morir, uno no tiene ningún juicio particular, sino que quedamos en un estado de [dormición] llamado “muerte paulina” en el que nos quedamos esperando (inconcientemente) resucitar en el juicio final a la segunda venida de Cristo.